CARLOS
MIGUEL PATIÓ SANTANA
Ensayo
la Disolución y Liquidación de
Sociedades
Significado de Derecho
Introducción
Al momento de dar
vida a una sociedad mercantil se deben tomar en cuenta aquellas situaciones que
afecten a su personalidad jurídica y sus respectivas soluciones por fortuna el
derecho mercantil guatemalteco facilita a las personalidades jurídicas
mecanismos que las hagan responder tanto por sus derechos y obligaciones, en
esta ocasión se trataran las causas y efectos que tiene la disolución y
liquidación de sociedades mercantiles.
Tal situación nos
ofrece varios contextos que provocan incertidumbre por ejemplo ¿Qué causas son
motivo de disolución? ¿De qué maneras se puede llevar una disolución? Y por
supuesto ¿Qué efectos tiene en los socios, patrimonio y obligaciones? Y por
último ¿Quién líquida la sociedad? y ¿Qué implicaciones tiene liquidarla? Por
lo cual el objetivo más importante es el de responder a tales escenarios.
Para llevar a cabo el objetivo, durante el desarrollo del tema se
tomarán en cuenta las definiciones, causas y efectos que propone el derecho
mercantil guatemalteco por ello el contenido tratara en primer lugar la
disolución y liquidación de sociedades mercantiles por último la conclusión que
responde las cuestiones planteadas en el objetivo principal.
1. Disolución de sociedades
El fin de una
sociedad mercantil sucede cuando su personalidad jurídica es disuelta por
cualquier causa prevista en la ley o en el contrato social.
La sociedad
mercantil es la mejor analogía a los actos de una persona individual en el
símil de que cualquier acto positivo o negativo de forma tácita incluye
obligaciones por las que se debe responder.
1.1 Causas de disolución
Existen dos
puntos de vista elaborados según la fuente de estos las cuales pueden ser
voluntarias y legales. La primera surge por la voluntad expresada de los socios
en el contrato social y la segunda propone las situaciones previstas por la
ley.
Exponer y especificar las causas de una
disolución pretende solucionar inconvenientes en los socios participantes de la
sociedad mercantil.
1.2 Tipos de disolución
Existen dos tipos de disolución de sociedades parcial o total. La
primera no termina con la vida de la sociedad, pero produce mutaciones en su
existencia jurídica mientras la segunda provoca una terminación definitiva.
Es importante
ofrecer más de una forma de terminar una sociedad ya que las circunstancias
pueden ameritar medidas diferentes según los resultados que pretendan obtener
los socios.
1.3 Disolución parcial
Está contemplada
legalmente en dos casos por exclusión o separación de socios.
1.3.1
Exclusión de
socios
Se produce cuando
un socio comete un acto contrario a la escritura, a la ley o a un acuerdo
social.
1.3.1.1
Causas de
exclusión
• Condena
por falsedad o por delito contra la propiedad;
• La
quiebra; y
•
Interdicción declarada judicialmente para ser
comerciantes.
1.3.1.2
Procedimiento
de exclusión
El acuerdo exclusión
deberá ser tomado por la mayoría de socios reunidos para ese efecto. En la
junta de socios que decide la exclusión, el socio afectado no puede votar, pero
si tiene voz, ya que nadie puede ser condenado sin ser oído.
El acuerdo de
exclusión deberá ser comunicado al socio, quien tiene un plazo de treinta días
para presentar oposición en juicio sumario ante Juez de Primera Instancia
Civil. Al ser excluido responderá frente a la sociedad de los daños y perjuicios
que haya causado a la misma.
1.3.2
Separación
de socios
Proviene del
socio y se origina en actos de los que no pueden responsabilizarse.
1.3.2.1
Causas de
separación
• No
estar de acuerdo con las modificaciones de la escritura social.
• No
estar de acuerdo con el nombramiento de administradores extraños.
• No
estar de acuerdo con la fusión de la sociedad.
•
Cuando no se reparten utilidades
1.3.3
Efectos de
la disolución parcial
• El
socio separado o excluido, es responsable ante terceros de todas las
operaciones sociales pendientes; y
•
La sociedad práctica una liquidación parcial del
patrimonio para pagar a cada socio lo que le corresponde dentro del haber
social.
La disolución parcial de una
sociedad por lo general surge por motivaciones o infracciones de cada socio que
al ser personas sujetas a derechos y obligaciones afectan a la sociedad
indirectamente en sus decisiones, patrimonio, etc.
1.4 Disolución total
Afecta
definitivamente la existencia jurídica de la sociedad y su principal objetivo
es provocar la liquidación total del patrimonio de la persona jurídica.
1.4.1
Causas de
disolución total
• Vencimiento
del plazo.
• Imposibilidad
de realizar el objeto social.
• Por
resolución de los socios tomada en una junta general.
• Pérdida
de más del 60% del capital pagado
• Reunión
del capital en una sola persona o socio
• Nulidad
de contrato
•
Fusión de sociedades que desaparecen
1.4.2
Proceso de
disolución total
De
inmediato que se conoce una causa de disolución total, la administración
convoca una junta de socios para acordar la disolución, sin perjuicio de las
medidas que puedan tomar los socios para subsanar el problema, y que la
sociedad pueda continuar con su actividad normal, si se acuerda la disolución.
Debe publicarse lo resuelto por medio del Registro Mercantil, para que afecte a
terceros, desde el momento que se declare la disolución se suspende la
actividad productiva y se pasa a un estado de liquidación para la desaparición
de la sociedad.
La disolución
total conforma un proceso que afecta la existencia de la sociedad, pero
salvaguarda a los socios de problemas mayores o descontentos entre sí.
2. Liquidación total de la sociedad
Es la
realización de su unidad patrimonial para cubrir el pasivo social y repartirse
el remanente entre los socios por medio de las cuotas de liquidación y debe
agregarse a la denominación o razón social las palabras “en liquidación”.
2.1 Órgano liquidador
En el contrato social se establece la
forma y las personas que van a llevar a cabo la liquidación.
2.1.1
Atribuciones
de los liquidadores
• Representar
a la sociedad, judicial y extrajudicialmente.
• Concluir
los negocios pendientes
• Exigir
cuentas a quien haya tenido el manejo de la sociedad.
• Liquidar
y pagar las deudas de la sociedad.
• Cobrar
los créditos.
• Vender
bienes sociales.
• Presentar
estado de liquidación requerido por cualquier socio.
• Presentar
cuentas de su administración al finalizar la liquidación.
• Disponer
la práctica del balance general de la sociedad, sometiéndolo a la aprobación de
los socios.
• Liquidar
a cada socio su haber social.
•
Depositar en el Registro Mercantil el balance
general de la sociedad aprobado por los socios.
2.2 Pago de las obligaciones sociales
Con el objeto de garantizar equidad en la liquidación de
una sociedad, la ley establece el orden que los liquidadores deben observar en
el pago de las acreedurías de lo sociedad en liquidación en la siguiente forma:
•
En primer término, deben ser pagados los gastos
de liquidación.
•
En segundo lugar, deben pagarse las deudas de la
sociedad.
•
Por consiguiente, se pagan los aportes de los
socios según aparezcan en la escritura social o según el número de acciones que
tenga.
•
Por último, se pagan las utilidades.
El proceso de liquidación total
supone una repartición del patrimonio con el objetivo de no dejar a nadie
indiferente de su participación o derecho sobre ella.
Conclusión
Las sociedades mercantiles cuentan con distintos
procedimientos que satisfacen el objetivo principal de darle solución a cada
uno de los escenarios que se plantean al momento de entrar en una disolución o
liquidación de la misma.
Referencias
Código de Comercio (de
Guatemala), Decreto 2-70
Legislación Mercantil (Universidad Mariano Gálvez), año
2020
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